¿Qué es el salario mínimo vital y móvil?

Esta semana tras haber fracasado la reunión entre el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil con sindicatos y empresarios para la determinación del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) creemos conveniente traer a colación sobre que se entiende por éste y cuáles son algunas de sus características.
Jurídicamente hablando decimos que lo encontramos en nuestra Carta Magna en el artículo 14bis. el cual nos dice lo siguiente «Artículo 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: salario mínimo vital móvil». De esta forma decimos que el SMVM tiene protección constitucional, o de que goza de jerarquía constitucional.
Además de esta protección también lo podemos encontrar en nuestra Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) en su artículo 125, el cual nos define que se entiende por Salario Mínimo Vital y Móvil «Art. 125. — Salario mínimo vital, es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimientos, vacaciones y previsión.«
También podemos mencionar el convenio 131 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo: organo de las Naciones Unidas especializado en las relaciones y asuntos laborales) que expresa lo siguiente «obliga a los Estados a establecer y poner en vigor el salario mínimo, teniendo en cuenta las necesidades de los trabajadores y los diferentes factores económicos.»
Decimos que el SMVM es mínimo porque debe ser el piso mínimo por el cual un trabajador va a percibir su remuneración como consecuencia de su trabajo. Es vital porque debe cubrir las necesidades básicas e indispensables del trabajador como persona humana. Y por último decimos que es móvil porque debe ir variando y estar sujeto a modificaciones periódicas por el contexto socio-económico que constantemente se da en nuestro país.
Actualmente este tiene un valor de $234,315, cuyo monto fue fijado por última vez el 1ºde Mayo, ya que en Junio tampoco fue actualizado, lo que implica una caída del 28,5% interanual.
Tras haber hecho una descripción de la normativa vigente tanto a nivel nacional como internacional , ahora, tras no haberse llegado a un acuerdo esta semana sobre su fijación, el Gobierno Nacional mediante decreto fijará su valor actual.




