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PROHIBEN LA VENTA DE DOS EDULCORANTE Y UN SNACK SALADO

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de dos edulcorantes y de palitos salados de tres sabores.

Se trata de los productos “Stevia, Endulzante Natural, Grupo Eco, Endulzando La Vida, Presentación granulado” y “Stevia, Endulzando la vida, presentación en polvo”, ambos procesados y distribuidos por Naturaleza Boliviana, Reg. Sanitario 028043, Caranavi, Bolivia. Así quedó establecido a través de la disposición 1636/2022 publicada en el Boletín Oficial.

Asimismo, la ANMAT indicó que “obran antecedentes”: en 2018, la Anmat había prohibido el alimento “Stevia, Endulzando la Vida – 100 % stevia cristalizada, origen Bolivia, contenido neto 80g, vencimiento octubre de 2020″.

En ese momento, la decisión se publicó en la disposición 718/2018, donde explicaban, entre otras irregularidades, que carecía de glicósidos de esteviol y que los edulcorantes no nutritivos autorizados son los que tienen este componente. Entonces, dijeron, “la leyenda ‘100 % stevia cristalizada’ es incorrecta e induce a error, confusión o engaño al consumidor”.

En tanto, la ANMAT decidió prohibir palitos salados de tres sabores: clásico, jamón y queso “marca: Verónica Snacks, peso neto: 1000 gr, elaborado por: R.N.E: 040036624, envasado por: Verónica Snacks, Luca, Córdoba, R.N.E: 04004883, R.N.P.A: 04035072″), tal como informa en la disposición 1584/2022.

Esta disposición se debe a que los productos en cuestión “carecen de registros de establecimiento y de producto, y consigna en su rótulo información perteneciente a otra razón social y producto”.

En ambos casos, como infringen el Código Alimentario Argentino (CAA) se considera que estos productos son “ilegales”.

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