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CRIMEN DE FERNANDO BAEZ SOSA: CUÁL FUE EL PEDIDO DE LOS RUGBIERS ANTES DEL JUICIO

En las últimas horas, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el último pedido formal que presentaron los 8 rugbiers imputados por la muerte de Fernando Báez Sosa, ocurrida durante madrugada del 18 de enero de 2020, a la salida de la disco Le Brique en Villa Gesell.

Hugo Tomei, abogado defensor de los jóvenes oriundos de Zárate, presentó un recurso federal el 19 de julio pasado. En el planteó estableció que a sus defendidos le quebrantaron el derecho a ser oídos durante la noche del 19 de enero del año pasado, momento exacto en el que quedaron detenidos. La Justicia, ante sus argumentos, resolvió “denegar, por inadmisible, el recurso extraordinario federal deducido por la defensa particular de Enzo Comelli, Lucas Pertossi, Luciano Pertossi, Ciro Pertossi, Ayrton Viollaz, Máximo Thomsen, Blas Cinalli, Matías Benicelli”.

En el escrito, Tomei exigió que se ordene “el cese inmediato de la arbitraria e ilegal privación de libertad que padecen los ciudadanos en cuyo beneficio la misma fue articulada”. Su argumentación, se basa en que los jóvenes “no tuvieron la posibilidad de conocer fehacientemente la imputación y, en consecuencia, se les negó el derecho de ser oídos por un juez imparcial”.

El letrado señaló que aquella noche, “para acreditar el cumplimiento de la ley, se formalizaron en actas que no reflejan la realidad de lo acontecido, así como también la fiscalía reconoció que llevó adelante un procedimiento de imputación conjunto con la defensa oficial presente”. Luego reiteró: “La Corte de la Provincia de Buenos Aires impide el acceso a la instancia nacional sin tratar el tema fundamental, que tiene que ver con el derecho a ser oído y a conocer la imputación de manera detallada”.

La respuesta de la Corte, firmada por los jueces Hilda Kogan, Sergio Torres, Luis Genoud, Daniel Soria y Roberto Martínez Astorini, detalló que Tomei, en su presentación, “especificó que la prisión preventiva ordenada por el juez de Garantías de Villa Gesell (David Mancinelli) y la confirmación de la Cámara de Dolores, genera responsabilidad internacional del Estado Argentino por inobservancia de los acuerdos con organizaciones supranacionales”.

“También cuestionó que tanto el Tribunal de Casación -como esta Corte- hubiesen evitado abordar la cuestión federal involucrada en autos en la vía expedita y rápida del habeas corpus”, agregaron.

Tomei puntualizó “que es una decisión equiparable a sentencia definitiva, al restringir la libertad con anterioridad al fallo final de la causa y requerir la tutela judicial inmediata”.

“Desde el primer momento buscamos que las decisiones judiciales se ajusten a derecho de acuerdo a los hechos y estos a su vez a la evidencia disponible en el proceso que respete el derecho de defensa en juicio”, expresó el abogado a este medio. Y continuó: “Sin debido proceso legal no habrá decisión justa del Poder Judicial, será algo que se le parezca pero jamás justa. En este y en todos los casos donde no se escuche a los imputados en la forma que dispone la ley”.

 

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