ECONOMÍA
SE EXTENDIO EL REPRO2 PARA EL PAGO DE SALARIOS DE AGOSTO
El Ministerio de Trabajo extendió el Programa Repro II para asistir a las empresas con los pagos de los salarios de agosto 2021.
A través de la Resolución 486/2021 publicada
hoy en el Boletín Oficial, la norma establece que estos trabajadores deberán cumplir con el conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, fijados para el criterio de selección, que hasta ahora se comparaban interanualmente y pasan a hacerse contra 2019.
La variación porcentual de la facturación, del IVA compras, del consumo de energía eléctrica y gasífera, de la relación entre el costo laboral total y la facturación, y de las importaciones, el endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto) y la liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) son los indicadores que se tienen en cuenta.
Salvo para el endeudamiento y la liquidez corriente, el período de referencia para la variación porcentual son los últimos dos meses anteriores al mes en el cual el Programa brinda la asistencia y los mismos meses de 2019.
En tanto, la resolución exceptúa a los sectores críticos, para el mes correspondiente a los salarios devengados en agosto, de la presentación del balance requerido.
Para acceder al beneficio de $ 22.000, la trabajadora o el trabajador independiente deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el período comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021, cuando hasta ahora se tomaba abril de ambos años para su comparación.



