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La Legislatura aprobó una Ley para incentivar la construcción de viviendas, oficinas y locales comerciales

Durante la Sesión Ordinaria N 15, presidida por el vicegobernador, Alberto Bernis, la Cámara de Diputados provincial aprobó las leyes N 6426, de creación del Plan de Fomento a la Actividad Económica para la Construcción de Unidades de Vivienda, Oficinas y Locales de Comercio con Participación Público Privada; N 6425, de régimen especial para que los contribuyentes y responsables puedan regularizar las deudas con la Dirección Provincial de Rentas; N6427,  de desafectación de un dominio público del Estado; N 6428, la modificación de la Ley Impositiva; y la N 6429 de un artículo de la ley de Compre Jujeño.

Respecto de la Ley N 6426, el diputado Fabián Tejerina comentó que el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo fue tratado en las comisiones de Obras y Servicios Públicos, Finanzas y Legislación General. Allí, se escuchó a los diferentes actores: representantes de la UOCRA, de la Cámara Jujeña de la Construcción y a los ministros de Hacienda e Infraestructura. Los diputados hemos escuchado el tema de la desocupación que existe por la paralización de obra pública y privada; este es un proyecto que tiene que ver con la iniciativa privada, con un desarrollo inmobiliario y no tiene que ver con las operatorias de la construcción de viviendas a través del IVUJ, destacó Tejerina.

Por su parte, el diputado Rubén Rivarola expresó: lo felicito al Gobernador y a las empresas porque vamos a tener trabajo en la UOCRA, si no tienen trabajo no comen. Si realmente queremos a nuestra Provincia tenemos que dar trabajo. Este es un trabajo digno, luchador.

La diputada Gisel Bravo explicó que la Ley N 6425 es para que todos los contribuyentes que tienen deudas que reclama la Dirección Provincial de Rentas, puedan acogerse al régimen especial para poder regularizarlas.

La Ley N 6429, modifica la Ley N5185, de Compre Jujeño que establece que los tres poderes del Estado, así como los entes autárquicos y descentralizados, sociedades y/o empresas del Estado o mixtas con participación mayoritaria estatal deberán, tanto en las compras de bienes de consumo como de capital y servicios, así como en las contrataciones que efectúen, preferir ante igualdad de condiciones, bienes de origen provincial, oferentes radicados en la provincia y asimismo para la contratación de profesionales, técnico y mano de obra. La modificación al Art. 3 de dicha ley establece que en caso de no contar en la Provincia con los bienes y/o servicios necesarios, ya sea por falta de cantidad o calidad, deberá darse prioridad al comercio local para que los provea en tanto su precio no supere en más de un diez por ciento (10%) al precio de la oferta de menor valor.

En las cuestiones previas al Orden del Día, diputados de los diferentes bloques expresaron su repudio a los dichos del presidente, Javier Milei, respecto de Raúl Alfonsín. Al respecto, el diputado Santiago Jubert destacó: Alfonsín trasciende los partidos, marcó la historia de la Argentina por su convicción y compromiso con la Patria.

Fuente Somos Jujuy

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