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QUÉ PROVINCIAS NO PEDIRÁN HISOPADOS PARA INGRESAR DURANTE LAS VACACIONES 2021

Las nueve provincias que conforman el mayor mercado receptivo de turistas en temporada estival no requerirán a los visitantes que cumplan cuarentena ni presenten un test previo de coronavirus (Covid-19) con resultado negativo, según lo acordado por sus gobernadores con el Ministerio de Turismo y Deportes (Minturdep), informaron hoy fuentes de esa cartera.

Cuáles son las provincias que no pedirán hisopado

Buenos Aires
Córdoba
Río Negro
Mendoza
Salta
Jujuy
Neuquén
Entre Ríos
Tierra del Fuego
En conjunto son el destino del 90% de los turistas durante el verano.

A lo sumo, algunas de esas provincias pedirán inscripción previa en el «registro vacacional», que asienta el número de ingresos a ciertos municipios y el movimiento del viajero dentro del país.

Además de no exigir la realización de una cuarentena ni el test denominado PCR, en estos estados los turistas tampoco estarán obligados a contar con un seguro de viaje, mediante acuerdos establecidos por sus gobiernos con el ministro de Turismo y Deportes, Matías Lammens.

Desde el Minturdep explicaron a Télam que se trató de un trabajo realizado por el ministro y su equipo, en contacto con gobernadores y ministros de esa provincias para homogeneizar los requisitos para el verano.

Algunas provincias pedirán un control mediante el registro vacacional, para lo que ya están en contacto con la Secretaría de Innovación Pública -como el caso de Buenos Aires-, precisaron las fuentes.

La distribución y variedad de oferta de estas nueve provincias genera un amplio abanico de posibilidades para el turismo de verano, que va desde las alturas del Noroeste Argentino hasta el Fin del Mundo, pasando por playas balnearias, lagos patagónicos, sierras, ríos y lagunas con distintos climas y propuestas.

Requisitos y restricciones para ingresar a cada provincia

Chaco

Chubut

Córdoba

Corrientes

Jujuy

La Pampa

Para ingresar a la provincia utilizando los servicios de transporte aéreo se deberá:
– Presentar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.
– Presentar el Certificado de Autorización de Ingreso a la provincia, que es único e intransferible y deberá tramitarse en el portal web https://permisos.lapampa.gob.ar/. La autorización sólo será otorgada a quien sea personal considerado esencial o que deba realizar tratamientos médicos.
Cumplir con las siguientes condiciones:
– Se deberá acreditar y visar el permiso de ingreso a previo al embarque, por personal autorizado de la Casa de La Pampa.
– Podrán ingresar al territorio de la provincia por 72 horas.
– Estarán eximidos de realizar cuarentena, pero no podrán sociabilizar.
– En el caso de que la estadía se prolongue por más de 72 horas y previo al reinicio de su actividad, deberán cumplir con el aislamiento sanitario preventivo y obligatorio de catorce días en alguno de los hoteles habilitados.
– Todos los gastos (alojamiento, alimentación y/o cualquier otra erogación que se demande), estarán a cargo exclusivamente de las personas involucradas que deseen ingresar a la provincia.
– Excepcionalmente, la autoridad provincial correspondiente, podrá autorizar que el aislamiento sanitario preventivo y obligatorio de catorce días se realice en un domicilio particular. Para ello, previa a la autorización excepcional, se debe verificar las condiciones socioambientales y de uso de la vivienda indicada.

La Rioja

Mendoza

Misiones

Neuquén

Vuelos restringidos únicamente para pasajeros de actividades esenciales; personas en tratamiento médico, o repatriados con domicilio en la Provincia del Neuquén que tengan como destino final alguna de las 7 (siete) localidades que registran transmisión comunitaria de COVID-19 en la Provincia.
– Requisitos para pasajeros: Deberán portar Certificado de Circulación “CUIDAR” para actividades esenciales, y/o constancia de turno médico, someterse a control de síntomas (temperatura) antes de la partida y al arribo del vuelo. Las aerolíneas deberán presentar listado nominalizado de pasajeros y tripulación que incluya datos de contacto; y ubicación de los mismos dentro del vuelo. Los repatriados deberán acreditar domicilio en Neuquén.
– Se deberá buscar un esquema de programación de los vuelos que evite la superposición de las frecuencias en la llegada y en la partida; a fin de evitar aglomeración de personas en el Aeropuerto de la Ciudad de Neuquén.
– Requisitos para pasajeros: Deberán portar Certificado de Circulación “CUIDAR” para actividades esenciales, y/o constancia de turno médico; someterse a control de síntomas (temperatura) antes de la partida y al arribo del vuelo. Las aerolíneas deberán presentar listado nominalizado de pasajeros y tripulación, que incluya datos de contacto; y ubicación de los mismos dentro del vuelo. Los repatriados deberán acreditar domicilio en la Provincia del Neuquén.

Rio Negro

Salta

Para ingresar a la provincia es necesario presentar:
– DNI.
– Certificado de circulación – coronavirus Covid-19.
– Permiso de ingreso de particulares con residencia en la provincia de Salta (RUIS). En el caso de ingresos humanitarios y sanitarios (asistencia a persona mayor, estar en situación de calle adonde se encuentren quienes necesiten volver, ser trabajador golondrina, repatriados del extranjero, retorno luego de culminar tratamiento médico en otra provincia, por fallecimiento de familiar directo, estado grave de un familiar directo, asistencia a menores en riesgo) se puede ingresar con un permiso especial en lugar del RUIS.
– Una declaración jurada sobre las condiciones sanitarias de la persona en la cual certifique estar libres de síntomas compatibles con COVID-19 y no haber tenido contacto estrecho con un paciente positivo en los últimos 14 días previos al ingreso a la Provincia.

Además, es necesario descargar la app SaltaCovid o cargar sus datos en la web

San Juan

San Luis

Santa Cruz

Previo al traslado a la provincia los pasajeros deben tener:

– Certificado Único de Circulación Nacional COVID-19.
– Permiso provincial emitido en circulacion.santacruz.gob.ar – Transporte Público Nacional Aéreo y Terrestre.
– Declaración jurada de circulación y permanencia del Ministerio de Salud

La provincia no requiere un PCR negativo previo al traslado.

Santa Fe

En base a criterios epidemiológicos, los factores de riesgo potencial de contagio y conforme al artículo 2º de la Resolución 221 del Ministerio de Transporte de la Nación-, se determinaron las siguientes condiciones y requisitos a cumplimentar por cada pasajero:
1- Se autoriza a viajar a la Provincia de Santa Fe a Personal esencial y personas que deban realizar tratamientos médicos.
2- Presentar Certificado Único Habilitante Para Circulación – Emergencia COVID-19.
3- Exhibir DD JJ sobre estado de salud (DJES) de la App de la Provincia de Santa Fe e información del viaje interprovincial.
4- El Personal esencial o personas que deban realizar tratamientos médicos, podrán ingresar al territorio de la provincia por 72Hs. Estarán eximidos de realizar cuarentena, pero no podrán sociabilizar. Se deja expresamente aclarado que en el caso de que la estadía se prolongue por más de 72hs, y previo al reinicio de su actividad, deberán cumplimentar una cuarentena de 14 días.
5- Se autoriza a viajar a toda persona residente, no exceptuada, no esencial, que se encuentre en otra provincia u otro país, y desee regresar a su lugar de residencia. La misma deberá realizar cuarentena obligatoria.
El Poder Ejecutivo de la Provincia da a conocer que mantendrá la evaluación de la actividad en base a los criterios epidemiológicos que determinen las autoridades sanitarias y los factores de riesgo potencial de contagio que la misma implica.

Santiago del Estero

Tierra del Fuego

Tucumán

Los pasajeros que arriben al aeropuerto Benjamín Matienzo deberán:
1- Presentar el Certificado nacional de circulación (CUIDAR)
2- Declaración jurada a los efectos de contar con la trazabilidad del movimiento de los pasajeros arribados.
3- Al arribar, se realizarán estudios clínicos sobre parámetros vinculados a los síntomas compatibles con COVID-19.

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