La Justicia de Córdoba suspendió el pago de la cuota alimentaria a una mujer a raíz de que su ex cónyuge atraviesa una situación de «vulnerabilidad extrema», ocasionada por una patología mental que hizo necesaria su internación en una residencia psicogeriátrica.
La medida fue dispuesta por la jueza Julia Rossi, del Juzgado de Familia de 3º Nominación, tiene carácter provisional y regirá mientras se sustancia un incidente de cese de la cuota alimentaria.
A criterio del tribunal, es el alimentante “el que se encuentra hoy en una situación que requiere ser atendida prioritariamente, a los fines de que el mismo goce del derecho a la salud.
La magistrada tuvo en cuenta que el hombre se encuentra con «una limitación de su capacidad que le impide dirigir su persona, realizar actos jurídicos y disponer de sus bienes, por lo que requiere de asistencia de terceros responsables». Asimismo, se tomó en consideración que los médicos advirtieron un progreso de la patología y opinaron que esta circunstancia hace necesaria su internación en una residencia acorde a su edad, a la patología y a las características subjetivas.
La jueza Rossi subrayó que, en este litigio, hay dos sujetos vulnerables, puesto que ambos ex cónyuges son personas mayores. Por un lado, el hombre presenta una restricción a la capacidad, un problema de salud permanente y una extrema necesidad de contar con todos sus recursos provenientes de su haber jubilatorio a los fines de afrontar su internación. Por otro lado, la mujer percibe un haber jubilatorio que se ubica por debajo de los parámetros del Salario Mínimo Vital y Móvil.
